Los dueños del animal dijeron que le golpearon por comerse unos conejos.
“Por comerse unos conejos”, esa fue la excusa que dieron los dueños de Sargento, un perro que fue maltratado y que su agresión fue captada en video. Tras la viralización del video en redes sociales, la Unidad de Bienestar Animal (UBA) del Municipio de Quito acudió con funcionarios al domicilio ubicado en Guamaní, sur de Quito.
En el lugar identificaron a Sargento, de inmediato se percataron que era un animal con signos de temor. No era para menos, en el video, un hombre levanta al perro y lo golpea contra el piso, luego golpea su cabeza y le propina una patada a la altura de su estómago. En ese instante Sargento logró correr, sin embargo, el hombre tomó un palo de escoba y fue tras él. Lo que sucedió después ya no fue grabado.
En el lugar, los miembros de UBA grabaron el procedimiento, se podía ver la presencia de gatos, otros perros y gallinas. Una mujer atendió a los funcionarios y explicó que su sobrino fue quien reprendió al perro, por haber aplastado la cabeza de un conejo.
El can fue rescatado del lugar, y trasladado al Centro de Atención Veterinaria, Rescate y Acogida Temporal, en Calderón, norte de la ciudad. Los veterinarios realizaron una evaluación física y del comportamiento del animal.
En redes sociales varios usuarios y colectivos mostraron la indignación ante el caso. No es el primero que queda registrado en cámaras. Las autoridades solicitaron a la ciudadanía denunciar de inmediato cuando se vea a un animal en riesgo para que actúen las instituciones encargadas del tema.
Andrés Tufiño, coordinador técnico de UBA informó que se levantará el informe técnico luego de la inspección y se enviará para que se proceda con el trámite administrativo que corresponda.
Según el Artículo 3385, de la Ordenanza 037-2022, que trata sobre la Gestión Integral de la Fauna Urbana en el DMQ, establece que: “Si se verificare la existencia de un daño o peligro inminente o futuro en contra de uno o varios animales, deberá proceder a la imposición de la medida cautelar que fuere pertinente para el caso concreto, para proteger al animal o animales cuya vida o integridad pudieran verse afectadas”.
Además, el artículo 3390, numeral 28, sostiene que son infracciones muy graves: “provocar intencionalmente en los animales daño o sufrimiento en cualquiera de sus formas”. En dicho caso el infractor será sancionado con diez remuneraciones básicas unificadas, es decir $4.500.